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Sobre las 02:40 horas se acude a un establecimiento en la zona de Medebaldea, por las reiteradas quejas que estaban ocasionando los clientes a los vecinos de la zona.
Que ya en el exterior del bar, se puede observa a unos 40 jóvenes agolpados en la puerta intentando entrar.
Miembros de Policía Municipal, en ese momento, establece un dispositivo consistente en contabilizar el aforo, diferenciando la zona de restaurante y la zona de bar.
Se contabiliza en la zona de restaurante un total de 34 personas, siendo que esta, está hablitada como de bar, ya que todas sus mesas y sillas están apiladas en el exterior del local.
Una vez que se contabilizan esta zona de restaurante, y no permitiendo que entraran más personas desde el principio del dispositivo, se comienza realizar el conteo del aforo de manera exacta.
Finalmente se contabilizan 200 personas, sumando los 5 camareros, siendo el aforo máximo de 76 personas.
Por todo ello, se le denuncia al responsable del local por los siguientes moitivos:
- L.F 2/89 art. 23.6. admisión de público en número superior al establecido.
- L.F 2/89 art. 23.2. modificación sustancial de sus instalaciones.
- Ordenanza de Terrazas art. 20.2.D, mantener elementos de la instalación apilados o almacenados fuera del horario de funcionamiento.
Además, mientras se está realizando el aforo, se observa a dos jóvenes que están fumando en los baños del citado local, por lo que son denunciados administrativamente.
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